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Por Roberto Ortíz de Montellano

Si eres de EE. UU. o Canadá y has sido residente de México durante algún tiempo, seguro que eres consciente de las muchas diferencias culturales entre nuestros países, y puede que también seas consciente de que estas diferencias culturales se reflejan también en nuestros sistemas legales, específicamente en conceptos jurídicos que tenéis en EE. UU. y Canadá, pero que no tenemos en México.

¿Cómo puede afectarte esto en Puerto Vallarta?

Si tú y tu cónyuge estáis comprando una propiedad en México, a primera vista podrías pensar que incluir vuestros dos nombres como copropietarios en la escritura de compra (o escritura de fideicomiso en este caso) os cubre a ambos en términos de lo que en EE. UU. y Canadá se llama Derecho de supervivencia.

Bueno, tengo noticias para ti: en México no existe tal cosa como un Derecho de supervivencia.

Entonces, si México no tiene Derecho de supervivencia, ¿qué significa eso para ti y tu cónyuge?

Bueno, significa que si alguno de vosotros fallece, los derechos de propiedad sobre el inmueble (o en este caso los derechos de beneficiario sobre un fideicomiso) que pertenecían al fallecido NO pasarán automáticamente al cónyuge superviviente sin ningún requisito legal adicional, y eventualmente habrá que iniciar algún procedimiento ante tu banco fiduciario y habrá que pagar tasas e impuestos.

Pero no todo son malas noticias…

Tu contrato de fideicomiso debería tener una cláusula testamentaria donde designas beneficiarios sustitutos, así que tienes que asegurarte de que en esa cláusula tú y tu cónyuge os designéis mutuamente como beneficiarios sustitutos en caso de fallecimiento, y ambos podéis designar como segundo beneficiario sustituto, ya sea a vuestros hijos o a quien decidáis. De esta manera estáis legalmente protegidos en términos de la planificación patrimonial de vuestra propiedad en México.

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